Real Decreto-Ley 11/2018 que recoge las modificaciones de la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales
Unicaja, al igual que el resto de entidades financieras, está obligada a disponer de una copia digitalizada de determinados documentos de nuestros clientes para poder verificar su identidad, su actividad económica/profesional o el origen de sus fondos, según el Real Decreto-Ley 11/2018 que recoge las modificaciones de la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales.
El incumplimiento de este requisito legal, tal y como establece la normativa, nos obligará a bloquear la operatoria en oficinas, los servicios a distancia e incluso el uso de tarjetas de los clientes que no aporten dicha documentación.
Documentación necesaria
Necesitamos la colaboración de nuestros clientes para obtener copia de la documentación requerida y así poder seguir prestando nuestros servicios.
Los documentos que podrían ser necesarios son los identificativos (DNI, NIE, Pasaporte, etc.) y aquellos que acrediten la procedencia de ingresos recurrentes, o la situación personal en caso de no tenerlos, variando en función del tipo de cliente:
Los documentos pueden enviarse desde esta misma página web o presentarlos en cualquiera de las oficinas de Unicaja.
Personas Físicas
Documento identificativo* (DNI, NIE, Pasaporte, etc.).
(*) Para los menores de 14 años, en caso de que no puedan aportar el DNI, será válido el Número de Identificación Fiscal.
Documentos de acreditación de actividad de personas físicas.
Actividad por cuenta propia:
Actividad por Cuenta Ajena, pensionistas y otros perceptores en general de prestaciones de la SS:
Otras personas físicas (Rentistas y otros):
Documentos de identificación formal y de titularidad real.
1. Los documentos públicos que acrediten su existencia y contengan su denominación social, forma jurídica, domicilio, la identidad de sus administradores, estatutos y número de identificación fiscal. En el caso de personas jurídicas de nacionalidad española, será admisible, a efectos de identificación formal, certificación del Registro Mercantil provincial.
2. Escritura de apoderamiento.
3. Documento identificativo vigente (DNI, NIE, Pasaporte, etc.) de sus apoderados o representantes
4. Una declaración responsable de la titularidad real firmada por la persona que tenga atribuida la representación legal de la persona jurídica.
Documentos de acreditación de actividad de Personas jurídicas residentes (con domicilio social en España).
Entidades con personalidad jurídica: Sociedades anónimas, Sociedades limitadas, Sociedades colectivas, Sociedades comanditarias, Cooperativas de producción o trabajo asociado:
Entidades sin personalidad jurídica: Sociedades civiles y Comunidades de bienes:
Asociaciones, Fundaciones, Colegios profesionales, Comunidades, Corporaciones y ONG:
Documentos de identificación formal y de titularidad real.
1. Los documentos públicos que acrediten su existencia y contengan su denominación social, forma jurídica, domicilio, la identidad de sus administradores, estatutos y número de identificación fiscal.
2. Escritura de apoderamiento.
3. Documento identificativo vigente (DNI, NIE, Pasaporte, etc.) de sus apoderados o representantes
4. Acta Notarial de identificación de titularidad real y una declaración responsable de la titularidad real firmada por la persona que tenga atribuida la representación legal de la persona jurídica.
Documentos de acreditación de la actividad de personas jurídicas no residentes en España.
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Nuestro horario de atención telefónica es de lunes a sábado de 8:00 a 22:00 (excepto festivos nacionales).